Noticia en Ecuador Inmediato (las negrillas son mías): Asamblea Constituyente aprueba 10 artículos relativos a la función judicial para la nueva Constitución
El Federalista: este artículo es contradictorio, sujeto a interpretación y por tanto permite la violación de derechos fundamentales. Las formalidades son importantes, las formalidades son parte precisamente el debido proceso, la administración de justicia no puede omitir las formalidades.“Naturaleza del sistema procesal. El sistema procesal es un medio para la realización de justicia. Las normas procesales consagrarán los principios de oralidad, simplificación, uniformidad, inmediación, eficacia, celeridad y economía procesal y harán efectivas las garantías del debido proceso. No se sacrificará la justica por la sola omisión de formalidades. El retardo o negligencia en la administración de justicia imputable al juez, magistrado u otros funcionarios serán sancionados de conformidad con la Ley”, expresa el artículo.
Una formalidad es por ejemplo el procedimiento de la detención de una persona. Una detención debe venir acompañada de una orden judicial a menos que la detención se realice por delitos flagrantes. Durante la detención el detenido debe conocer el delito por el que se le imputa, el nombre del juez y del oficial. Lo mismo acontece con toda la documentación que debe acompañar un caso, son formalidades pero formalidades importantes, son registros necesarios, su pérdida o inexistencia son graves atentados a la garantía de un juicio justo. Son formalidades, pero formalidades importantes, sin estas cualquier día en cualquier lugar pueden allanarse propiedades, detener injustamente a personas, interrogar detenidos arbitrariamente sin orden de juez, sin derecho a la defensa, sin conocimiento de los familiares, sin compañía de un abogado, etc.
Y será luego que se llenen formularios y se realicen procedimientos judiciales, mientras tanto una vulneración al derecho ya fue realizada, derechos fundamentales fueron agredidos y el debido proceso quedó en el olvido. Se afirma que existirán sanciones a quienes actúen por negligencia, pero ¿y quién devuelve lo perdido al detenido injustamente? ¿quién devuelve la libertad, el tiempo, los ingresos no percibidos y la propiedad retenida durante el tiempo en que se violó el derecho al debido proceso?
La constitución que se está probando en montecristi es la más infame que tendrá el Ecuador si llega a ser aprobada.
No comments:
Post a Comment