Monday, March 14, 2011

El concepto de contrato social es contrario al orden natural

Por Danny Ayala Hinojosa

Cuando nacemos, lo hacemos con el derecho inalienable a la vida, derecho que en principio es defendido por padres o apoderados, no hay otro derecho generado por el recién nacido ni está obligado o capacitado para garantizar las necesidades de otros.

El bebé nace, cuando niño crece bajo elcuidado de sus padres y va acumulando propiedades por herencia, donación, ycada vez más, por el producto de su mente y esfuerzo. Cuando adquiere edad, el joven aprende a suscribir acuerdos con sus padres, con sus maestros, con sus amigos; y luego, con quien contrata o lo contrata para realizar una tarea, recibir o dar un servicio, o establecer una relación sentimental o de cualquier índole. Tales acuerdos generan derechos y obligaciones, los cuales deben ser observados y cumplidos ya que se ha empeñado la palabra en ellos y se lo ha hecho por voluntad propia, ejerciendo libre albedrío. Las reglas que son obligatorias para el individuo son las que suscribe voluntariamente a través de contratos y las que cada persona define para ejercerse dentro de su propiedad.

Sin embargo, por ignorancia o por perversión, algunos afirman que toda persona, por pertenecer a una sociedad o por el sólo hecho de nacer o residir en un lugar, tiene inherentemente una obligación contractual con sus semejantes que rebasa a su naturaleza y voluntad, y que obliga a toda persona a realizar o rechazar determinadas acciones, aceptar o rechazar ciertas creencias, o decir o callar algunas manifestaciones, sin que medie su consentimiento o tenga la oportunidad de rechazar tales imposiciones. Tal es ensuma el concepto del "Contrato social", una construcción ideológica creada para facilitar al poder la imposición de un modelo de ingeniería social, cuyos arquitectos saben no será aceptable para todos pero que será impuesto con toda la fuerza física o amenaza necesarias. El contrato social está íntimamente ligado al concepto de Estado en cualquiera de sus formas y bajo distintas ideologías políticas, porque este surge de un modelo a imponer (creado por intelectuales) y la forma de llevarlo a la práctica yace en el uso de la fuerza física, en este caso del Estado (burocracia, espías, policía y fuerza armada).

Así entonces, el contrato social puede definirse como un régimen concebido por la ideología que gobierna o busca gobernar, para ejercer la administración política y económica de una sociedad mediante coacción con el fin de obtener beneficios particulares o de grupo. La principal característica del contrato social es que no evolucionó a partir de los usos y costumbres que formaron las instituciones de una sociedad, sino que es creado deliberadamente y se impone de facto, no surge de jure de acuerdo al derecho natural. Ilustremos este concepto con una comparación: en el pasado remoto de la humanidad a una persona se le ocurrió intercambiar un objeto con otro de un semejante, ambos consintiendo de la transacción, tal acción voluntaria -más rentable para todos que el arrebato violento de objetos- se convirtió en hábito, y el hábito continuado en el tiempo se convirtió en institución. Por el contrario, a alguien se le ocurrió un modelo de comportamiento que no fue aceptable para sus semejantes o para algunos de ellos, pero el camino elegido para adoptarlo fue usar la fuerza física sobre todos para obligarlos a seguir el comportamiento ideado. Antropológicamente, aquí debe separarse la violencia espontánea propia de la conducta animal y del instinto humano, de la ejercida en forma deliberada y calculada para volver obligatorio un comportamiento a través de la violencia; la primera forma es comprensible como instinto, la segunda como agresión intencionada. Jurídicamente, debe también separarse el legítimo uso de la fuerza en autodefensa de la propiedad e integridad propia, de aquella que es ejercida inicialmente sea cual fuere su motivo o justificación.

Sin duda en la historia han existido regímenes tiránicos (con su propia concepción de orden social) depuestos por regímenes más benignos abanderados de un contrato social (otra concepción de un orden social) más equitativo, pero a lo largo del tiempo estos regímenes también suelen constituirse en sistemas de coerción e incluso de frecuente violencia. Recordemos algo de historia con un ejemplo muy claro: la Revolución Francesa. Influida precisamente por el autor del tratado El contrato social, Jean-Jacques-Rousseau, y abanderando los ideales de libertad, igualdad y fraternidad, esta revolución destronó a un monarca déspota, creó una Asamblea Nacional Constituyente y redactó una Declaración de los derechos del hombre, para poco después convertirse en un régimen de terror que llevó a la guillotina a más de 40 mil personas. De lo anterior podemos determinar que un régimen que impone incluso un orden social más benigno que igualmente se basa en la coacción –cualesquiera sea su justificación - está destinado a derivar su modelo lenta o rápidamente hacia la tiranía, creando grupos de privilegiados en desmedro de los derechos fundamentales del resto de ciudadanos.

Artículo completo en Ecuador Ciencia

Monday, March 07, 2011

El enriquecimiento privado no justificado como delito

A propósito de la nueva consulta popular entro a analizar una de las preguntas, quizá una de las más grotescas concebidas en nuestra historia política:
Con la finalidad de combatir la corrupción, ¿Está usted de acuerdo que sea delito el enriquecimiento privado no justificado?
La pregunta como está planteada induce a la respuesta por lo cual es falaz, inadmisible en una corte, inadmisible en la proposición de una teoría, inadmisible como argumentación en la proposición de una legislación, y debiera ser, inadmisible en cualquier consulta popular.

Pero si esta pregunta en la forma es falaz, en el fondo es perversa.

El enriquecimiento privado (aumentar la riqueza, el bienestar, la abundancia, el capital, etc.) no es un delito siempre y cuando la actividad que genere riqueza no violente los derechos fundamentales a la vida y propiedad de otras personas y que además respete los contratos realizados entre las personas. La actividades enriquecedora que cumple esta premisa constituye la empresa en todas sus formas: producción primaria, comercio, artesanía, industria, banca, servicios, del conocimiento, de cultura y entretenimiento, etc.

El enriquecimiento personal sólo necesitará ser justificado cuando los acuerdos a los que una persona haya llegado así lo establezcan. En el sector privado, contabilidad y auditoria son algunos de los mecanismos para rendir cuentas al interior de una organización en donde sus ejecutivos han acordado autorizar tales mecanismos. Pero como vemos, una rendición de cuentas en una organización privada es antecedida por un contrato firmado por las partes que autoriza las inspecciones, no surge de un acto arbitrario y abusivo sino de la libre voluntad de los firmantes.

Jurídicamente, sólo debe solicitarse justificación de los bienes adquiridos o del proceso de enriquecimiento cuando exista una causa probable, es decir, solamente cuando exista un proceso legal y firmes evidencias del cometimiento de un crimen. De lo contrario, ninguna persona debe estar obligada a justificar su fortuna ni la forma de adquirirla, pues se presume su inocencia (nadie es culpable hasta que se demuestre lo contrario), este es un principio jurídico universal, una garantía del debido proceso que además está reconocido por la Declaración Universal de los Derechos Humanos (Art. 11) y reconocida en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Art. 8, num. 2.).

Aunque se quiera argumentar que la penalización del enriquecimiento privado no justificado busca perseguir las fortunas malhabidas de funcionarios públicos que han sido coimados, que han defraudado o han desviado fondos, tal argumento no tiene asidero porque ya existe legislación para sancionar tales delitos.

Si se quiere argumentar que una norma surgida de una hipotética aprobación de esta pregunta en la Consulta, busca sancionar las fortunas de testaferros, evasores de impuestos, narcotraficantes, contrabandistas, chulqueros, coyoteros y especuladores. Tal argumento carece de validez moral, pues la penalización del "enriquecimiento injustificado" crea un falso delito para perseguir otros falsos delitos. Testaferrismo y evasión son la reacción al esquilmo estatal contra la propiedad privada mediante impuestos y regulaciones que las personas buscan evitar. Narcotráfico es un falso delito surgido de la absurda prohibición de sustancias estupefacientes. El contrabando es la respuesta al abuso estatal contra la propiedad privada importada que es castigada con aranceles e impuestos. El chulco o crédito informal es el resultado de las caóticas regulaciones estatales sobre banca que aumentan el costo de la intermediación financiera, haciéndolo escaso a los pequeños productores quienes recurren a quien sí puede otorgarlo: el prestamista informal. El coyoterismo es el resultado de múltiples abusos estatales: impuestos y regulaciones que crean desempleo y pobreza creando potenciales masas de migrantes, y regulaciones de otros estados que hacen difícil viajar y establecerse en otras naciones haciendo que eso sea posible de forma "ilegal". Especulación es una actividad de hecho noble que hace posible colocar los recursos de capital en donde son necesarios alertando sobre la oferta o demanda de un producto mediante la elevación o disminución de su precio.

Un hipotético nuevo delito de enriquecimiento privado no justificado, convierte arbitrariamente a todos en sospechosos, convierte al país y sus ya pobres institucionales en un Estado policial donde se fomenta la delación, es espionaje, la agresión a la propiedad privada. Este falso delito será usado como arma política de amedrentamiento. Toda persona estará en riesgo no sólo en su propiedad sino en su integridad física, pues cualquier opositor, cualquiera que contradiga al régimen, cualquier persona honrada y de hoja de vida limpia podrá ser fácilmente acusada de "enriquecimiento privado no justificado" y privada de su libertad. ¿Alguien podrá justificar la totalidad de sus bienes y efectos personales, muchos de los cuales fueron resultado de donaciones, trueques, herencias, y de los cuales no existen recibos o títulos de propiedad? todos podríamos ser hallados culpables. Con la legislación de este delito usado a discreción, guardarán prisión cientos o miles de inocentes, y serán todos aquellos que no sintonicen con el gobierno y su agenda, todo opositor, todo escritor y periodista independiente, todo sacerdote e intelectual, todo profesional o trabajador que alce su voz de protesta, todos, ricos y pobres, tendremos nuestra libertad y bienes en riesgo.

Sunday, March 06, 2011

Breve análisis de la Consulta Popular 2011

Análisis de las preguntas de la consulta popular de enmienda constitucional
1. Con la finalidad de mejorar la seguridad ciudadana, ¿está usted de acuerdo en que la correspondiente ley cambie los plazos razonables para la caducidad de la prisión preventiva, enmendando la Constitución de la República como lo establece el Anexo 1?
Primero que nada, ésta y las restantes preguntas de la consulta son tendenciosas, nótese que la frase "con la finalidad de..." sugiere que la pregunta de marras implica un fin concreto ¿cuál? "mejorar la seguridad ciudadana", el texto sugiere al mismo tiempo que de no votar a favor de la pregunta implica que se está en contra de tal "mejora de la seguridad ciudadana". Falaz.

Ahora, cambiar el plazo de la caducidad de la prisión preventiva, se supone para alargar el tiempo en prisión de un sospechoso, no solo atenta contra el principio de inocencia hasta que se demuestre lo contrario, crea inseguridad jurídica ¿cuál es la "ley correspondiente" que cambiará? ¿cuál es el plazo que cambiará? ¿Acaso el plazo será cualquiera, incluso indefinido, quedará a discreción del legislador y la ley a cambiar puede ser también cualquiera? Abiertamente yo votaré NO a esta opción.
2. ¿Está usted de acuerdo que las medidas sustitutivas a la prisión preventiva se apliquen únicamente para los delitos menos graves, enmendando la Constitución de la República como lo establece el Anexo 2?
Aunque yo votaría por esto afirmativamente porque sustituye prisión con medidas cautelares, queda intocada la cuestión sobre la prisión preventiva y su afectación al principio de debido proceso. Tanto la primera y segunda pregunta penalizan a un inocente, cuando en realidad el sistema legal debe demostrar el delito cometido para luego proceder a la sanción, no importa que las medidas cautelares reemplacen a la prisión preventiva, ya se ha sancionado a un sospechoso con ellas antes de demostrar su culpabilidad. Flagrante agresión al principio de debido proceso. Votaré NO a esta pregunta.
3. ¿Está usted de acuerdo con prohibir que las instituciones del sistema financiero privado, así como las empresas de comunicación privadas de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, sean dueños o tengan participación accionaria fuera del ámbito financiero o comunicacional, respectivamente, enmendando la Constitución como lo establece el Anexo 3?
Esta pregunta erosiona tantos derechos y garantías que podría dedicarse un libro a analizarla. La pregunta de ser aprobada erosiona la libertad personal, particularmente el libre ejercicio de empresa. La legislación que se genere de esta pregunta generará un nuevo delito sin víctima: vinculación de negocios. Algo totalmente arbitrario tanto como absurdo, que no soluciona ningún problema y mas bien genera muchos otros, crea inseguridad jurídica y sobretodo atenta contra la libertad personal. Mi voto es NO. Si la idea de la consulta era mejorar la seguridad, esto no se logrará creando en el papel un nuevo delito sin víctimas, un falso delito en donde no existe agresión ni a vida ni a propiedad de nadie. En esta pregunta prima el capricho del dictador y su ánimo de censurar, perseguir y destruir el financiamiento de la prensa. Esta pregunta además presenta un peligro para la economía del país, pues pretende que los accionistas de una empresa financiera no lo puedan ser de otros negocios, lo cual además de ridículo, atenta contra la propiedad privada y desincentiva la inversión en el país. Mi voto será NO.
4. ¿Está usted de acuerdo en sustituir el Pleno del Consejo de la Judicatura por una Comisión Técnica compuesta por tres delegados designados, uno por el Presidente de la República, uno por la Asamblea Nacional y uno por la Función de Transparencia y Control Social, para que durante un período de 18 meses asuma todas y cada una de las funciones del Consejo de la Judicatura y pueda reestructurar el sistema judicial, enmendando la Constitución como lo establece el Anexo 4?
Esta pregunta es el zarpazo que el dictador Correa quiere echar sobre el sistema de justicia, un nuevo golpe de Estado, semejante pregunta en una República donde exista Estado de Derecho sería rechazada de plano por cualquier organismo que vele por la claridad constitucional. Tal "comisión técnica" no tiene lugar en un país gobernado por la separación de poderes, con instituciones que defiendan al individuo y que buscan frenar los excesos del gobierno. Esta pregunta de ser aprobada, será el equivalente funcional de enviar tanques a la Corte Suprema para evitar la elección de un magistrado como lo hiciera el ex-presidente León Febres Cordero; también es el equivalente a elegir a dedo a una "Pichi Corte" entre los partidos representados en un Congreso, el cuál no debe tener injerencia en el Poder judicial. Obviamente mi elección será NO a este nuevo golpe de estado.
5. ¿Está usted de acuerdo en modificar la composición del Consejo de la Judicatura, enmendando la Constitución y reformando el Código Orgánico de la Función Judicial como lo establece el Anexo 5?
Esta pregunta es extensión de la pregunta 4. Ambas permitirían a la dictadura de Correa, "meter mano" en el sistema judicial para imponer un directorio afecto al gobierno, imponer jueces obedientes a la dictadura o imponer jueces comprables; mas o menos como ha sido hasta ahora, pero esta vez en forma más directa y cerrando la posibilidad de tener jueces "descarriados" a los que se les ocurra ejercer jurisprudencia de acuerdo al derecho y no a la imposición de la Presidencia. Mi voto obviamente será NO.

Ninguna de estas preguntas, quizá con excepción de la segunda, debieron pasar el más básico examen constitucional, nunca debieron aprobarse semejantes agresiones a lo poco que puede llamarse de Estado de Derecho en nuestro país (Ecuador oficialmente no es Estado de Derecho sino "de Derechos", no es lo mismo y es una devaluación -negación- del status de república). Acaso sólo la segunda pregunta debió ser materia de legislación, no necesariamente de Consulta popular, desde luego en ausencia de todas las demás preguntas.

Tuesday, March 01, 2011

Diálogo sobre la prohibición del calefón

Respuesta al diálogo hipotético sobre el anuncio del gobierno de prohibir importación y fabricación de calefones.

Fashion victim.- Oe, ¿cómo es posible que pretendas votar "Sí" en la consulta, si ahora correa quiere prohibir que la gente se bañe?

Letrado.- ¿Y quién te dijo que pretendo votar "SÍ" a la consulta, si aún no analizo las preguntas? ¿y de dónde sacaste eso de que está prohibido bañarse, sobre todo en piscina?

José Joaquín Olmedo.-- Amigos, nadie ha hablado de una piscina y tampoco de prohibir bañarse pero sí de prohibir arbitrariamente actividades pacíficas: importar, comercializar o construir calefones. Leyes en ese sentido son un abuso del derecho y dictatoriales, además de absurdas y caprichosas.

Fashion victim.- ... Correa ha prohibido que se compre o venda calefones para que la gente se muera de frío y siga la moda de la cochinada europea.

Letrado.- ¿te refieres a la decisión de prohibir la importación y producción local de calefones a gas para evitar que el subsidio para el gas de uso doméstico, que debe usarse para cocinar, se vaya a otros usos?

José Joaquín Olmedo.- El consumo de gas para cualquier uso no es una actividad que deba prohibirse por no constituir un delito -o sea, una agresión a los derechos de otros-, nadie debe forzar a otros el legítimo uso de su propiedad, porque una vez que una persona adquiere una bombona de gas, el producto ahora es de su propiedad y tiene el derecho de usarlo libremente en el uso que crea conveniente.

Fashion victim.- No, me refiero a la orden de prohibir que nos bañemos, todo el mundo hablabla de los #calefones. y si todos se quejan de que no se pueden bañar por #CulpadeCorrea, por algo ha de ser.

Letrado.- Claro, puede ser por razones como las que los hicieron pensar que iban a poner un cuy en el escudo, como cuando dijeron que Correa iba a obligarnos a compartir la casa, como cuando publicaron que ya estaba en aduana la nueva moneda del Ecuador, o como cuando dijeron que las empresas iban a quebrar por la eliminación de la tercerización, o como cuando dijeron que antes de ver terminado el puente de Bahía, los burros iban a volar.

José Joaquín Olmedo.- Entre los absurdos que llegaron a proponerse en la Constituyente (cuyo resultado es un atropello tanto a las letras como a la jurisprudencia) y en el gobierno se incluyó: 1.) crear el SUCRE, un instrumento financiero usado en transacciones comerciales que puede poner en peligro la estabilidad financiera del país. 2.) incautar ilegalmente medios y empresas sin que medie la orden del juez que lleva la causa contra los dueños. 3.) promover invasiones de tierras al ofrecer subsidios de vivienda a invasores. 4.) El país moralmente está en quiebra, el petróleo está pre-vendido con intereses más altos que los del odiado FMI, el hueco fiscal se llena a medias y con más deuda externa. 5.) Eliminar la tercerización laboral sin flexibilizar el mercado (lo apropiado: abolir la legislación laboral) ha creado desempleo, subempleo y presión a la baja de los salarios.

Fashion victim.- pero si todo eso era verdad, ¿no te acuerdas? salió en todos los periódicos...

Letrado.- ¿y pusieron un cuy en el escudo? ¿fue ese un tema de debate? ¿ya estás usando el cóndor para tus transacciones comerciales? ¿le diste tu cuarto desocupado a alguien más? ¿ya quebró el país?

Fashion victim.- No, pero es que Correa seguramente se quedó con los churos hechos, no puede haber otra explicación lógica. La prensa jamás va a decir mentiras, y tú sabes que quienes nos oponemos a la dictadura somos muy serios a la hora de elegir temas y argumentos a la hora de debatir sobre los verdaderos problemas nacionales.

José Joaquín Olmedo.- La prensa puede decir mentiras y equivocarse, se equivocó cuando mayoritariamente apoyó a Correa en el 2006, hoy aprenden de sus errores.

Letrado.- Claro diciendo que usarán leña para calentar agua. Como si no existieran los calefones solares, eléctricos o que funcionen con alcohol.

José Joaquín Olmedo.- Los calentadores solares tuvieron auge en los 80s pero resultaron ser costosos, complicados de instalar e ineficientes, los calentadores eléctricos consumen mucha energía (también subsidiada) y no ahorran nada ¿no era ese el problema, el ahorro de energía?, los calentadores de alcohol son modelos experimentales y requieren mucha biomasa para obtener alcohol, eso significa más cultivos de caña, colza, maíz, etc. compitiendo con cultivos para alimentos e impulsando la tal y quema de áreas boscosas ¿qué favor se hace con eso al medio ambiente?

Fashion victim.- ...El problema es que correa dice que son peligrosos, y los calefones a gas no son peligrosos.

Letrado.- Lo que Correa dijo es que va a prohibir la importación o producción local de calefones a gas para evitar que el gas de uso doméstico, que debe usarse para cocinar, tenga otros usos. ¿quieres seguir usando calefones a gas? Compra el gas que no es subsidiado.

José Joaquín Olmedo.- Privilegiar a unos con gas subsidiado forzar a otros a comprar gas sin subsidio crea un sistema de ciudadanos de primera y segunda clase, privilegiados y oprimidos, erosiona el principio de igualdad ante la ley. Además, esta restricción crea el incentivo para evadir la ley y una vez esta ley arbitraria es evadida también pierden valor las leyes que realmente importan, las que protegen a los individuos.

Fashion victim.- Pero es que ese gas es muy caro, y no lo usan ni los restaurantes.

Letrado.- ¿Y no es ese el problema? Le están dando otro uso, abusando del subsidio al gas.

Fashion victim.- Pero es que tenemos derecho a bañarnos con agua caliente, y no nos pueden quitar esa libertad!

José Joaquín Olmedo.- El problema no son los consumidores, ni los calefones, ni el uso que se le da al gas, el problema es el subsidio, un absurdo económico que nunca debió crearse y que el gobierno está obstinado en mantener.

Letrado.- No está prohibido bañarse, ni siquiera a vos, que calientas el agua con energía eléctrica acá en Guayaquil.

Fashion victim.- Pero es que la gente de la sierra tiene el derecho de bañarse con agua caliente, y si les da la gana de usar gas subsidiado, hay que bancársela.

José Joaquín Olmedo.- Estoy de acuerdo con el Fashion, la libertad de consumo es en realidad la libertad, a secas. El problema, nuevamente, son los subsidios.

Letrado.- ¿Y vos no estabas en contra de los subsidios?

Fashion victim.- Sí, pero me refería a los $35 del bono de la pobreza. Yo sí tengo derecho a ahorrarme unos $50 mensuales usando el gas de cocinar en mi calefón y en mi carro.

José Joaquín Olmedo.- En desacuerdo con ambos, los subsidios, todos, son absurdos como perversos, crean malos hábitos, generan privilegios y crean oportunidades para que florezca al paternalismo, la corrupción y la irresponsabilidad.

Letrado.- ¿y no que usabas energía eléctrica parta calentar el agua? con razón te opones a todo.

Fashion victim.- No me opongo a todo, es que esta es una lucha legítima en favor de los intereses del pueblo. Y sí, uso el gas para calentar el agua, pero de la piscina.

Letrado.- Más parece la nueva estrategia de distracción que te llega con la agenda de los medios de comunicación. Mejor ponte a analizar las preguntas de la consulta.

José Joaquín Olmedo.- Quien ha propuesto el absurdo tema de prohibir la importación de calefones ha sido Rafael Correa, en ello no ha demostrado la inteligencia de la que presume. El gobierno ha demostrado no sólo falta de inteligencia sino también de ética, ha demostrado su total ignorancia del "derecho de gentes", como le llamábamos en mi tiempo, es decir del derecho de los individuos a comerciar libremente, producir sin restricción y consumir tanto como le dicte su necesidad.

El economista Correa ignora que la calentura no está en las sábanas
...o en este caso en el calefón.